La excomunión es la expulsión permanete o temporal de una persona de confesión religiosa. Durante el período de excomunión, el afectado no forma parte de la comunidad.
Ciertos pecados más graves están sancionados con la excomunión, la pena eclesiástica más severa, que impide la recepción de los sacramentos y el ejercicio de ciertos actos eclesiásticos, y cuya absolución solo puede ser concedida por el Papa, por el Obispo del lugar o por los sacerdotes autorizados por ellos.
·Tipos de excomunión:
-La excomunión automática. Se trata de delitos sumamente graves: apostasía, herejía o cisma ; la violación directa del sacramento de la confesión por un sacerdote ; el procurar o participar en un aborto o la cooperación necesaria para que el aborto se lleve a cabo.
-La excomunión mediante un proceso formal.
*Algunos pecados nos hacen quedar excomulgados porque van contra los mandamientos de la Iglesia.
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